Pruebas de bioequivalencia

Para que un producto oral o inyectable sea eficaz, debe llegar al sitio de acción en una concentración lo suficientemente grande para ejercer su efecto. La biodisponibilidad indica la tasa y/o la cantidad de ingrediente activo del fármaco que se absorbe del producto y está disponible en el sitio de acción. Remington: The Science and Practice of Pharmacy (Malinowski, p. 995) define la bioequivalencia como una indicación "de que un fármaco en dos o más formas farmacéuticas similares alcanza la circulación general a la misma velocidad relativa y en la misma extensión relativa". Por tanto, dos productos farmacéuticos son bioequivalentes si sus biodisponibilidades son las mismas y pueden utilizarse indistintamente para obtener el mismo efecto terapéutico. A diferencia de las pruebas cásicas que intentan demostrar diferencias, el objetivo de la mayoría de las estadísticas de bioequivalencia es demostrar que dos formas de dosificación son iguales o al menos lo suficientemente cercanas para ser consideradas similares, más allá de toda duda razonable.

Las medidas de biodisponibilidad se basan en medidas de la concentración del fármaco en la sangre y debemos asumir que existe una relación directa entre la concentración del fármaco que detectamos en la sangre y la concentración del fármaco en el lugar de acción. El criterio implica la evaluación de la concentración plasmática máxima (Cmax), el tiempo para alcanzar la concentración máxima (Tmax) y/o el área bajo la curva de concentración plasmática-tiempo (AUC). El AUC mide el grado de absorción y la cantidad de fármaco que es absorbido por el cuerpo, y es el parámetro más comúnmente evaluado en los estudios de bioequivalencia. Muchos libros de texto excelentes tratan los problemas asociados con la medición de parámetros farmacocinéticos: el grado de biodisponibilidad y bioequivalencia (Welling y Tse, 1995; Evans, Schentag y Jusko, 1992; Winter, 2010). 

Hay tres situaciones que requieren pruebas de bioequivalencia: a) cuando una forma de dosificación comercializada difiere significativamente de la utilizada en los principales ensayos clínicos del producto; b) cuando se produzcan cambios importantes en el proceso de fabricación de un producto comercializado; y c) cuando se compara un nuevo producto genérico con el producto comercializado por el innovador (Benet y Goyan, 1995). Las agencias reguladoras permiten la suposición de seguridad y eficacia si los fabricantes de productos farmacéuticos pueden demostrar bioequivalencia con las formulaciones de sus productos.

Fuente: Basic Statistics and Pharmaceutical Statistical Applications, Third Edition. James E. De Muth (2014).

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